REGLAMENTACION DEL ART. 205 DE LA LEY 18.719 SOBRE AUTORIZACION AL HOSPITAL MILITAR PARA LA PRESTACION DE ASISTENCIA A LOS HIJOS DEL PERSONAL MAYORES DE 21 AÑOS




Promulgación: 13/08/2012
Publicación: 21/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 491
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 205.

Artículo 3

 Los interesados, deberán presentar además de la documentación necesaria
para acreditar su edad y relación de parentesco con el generador del
derecho, constancia de no resultar beneficiarios obligados del Sistema
Nacional Integrado de Salud, sin perjuicio de otra documentación
complementaria que solicite la Dirección Nacional de Sanidad de las
Fuerzas Armadas relativa a la acreditación de los requisitos establecidos
por el artículo 1ro.
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