REGLAMENTACION DE LA LEY 17.849 SOBRE RECICLAJE DE ENVASES




Promulgación: 23/07/2007
Publicación: 30/07/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 157
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.849 de 29/11/2004.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 (Integración de los planes de gestión). Para mejorar la eficacia y la
eficiencia del sistema de recuperación de residuos de envases, el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá
en cuenta en la aprobación de los planes de gestión, sus posibilidades de
integración con otros existentes o a crearse, priorizando aquellos que
tengan carácter grupales frente a los individuales. La presentación de
planes individuales de un sector o empresa deberá estar debidamente
justificada.

En todo caso, se considerará especialmente el tratamiento hacia las
pequeñas y medianas empresas.

Para la aprobación de los planes deberá conocerse la opinión de la
Intendencia correspondiente, la que deberá recabarse por la Dirección
Nacional de Medio Ambiente en caso que no se encuentre incluida en la
presentación por el interesado. Transcurridos 30 (treinta) días corridos
desde la fecha de la solicitud de opinión, sin respuesta departamental,
se considerará que no existen objeciones de parte de la Intendencia
respectiva.
Ayuda