FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA URUGUAY S.A. DISTRIBUIDORA DE GAS DE MONTEVIDEO. AGOSTO 2006




Promulgación: 07/08/2006
Publicación: 14/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 260
Referencias a toda la norma
VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. (en proceso de cambio de
denominación por Distribuidora de Gas de Montevideo - Grupo Petrobras)
tendiente a la aprobación del Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural
correspondiente al servicio de distribución de Montevideo, a regir a
partir del 1º de agosto de 2006, según planilla adjunta.

RESULTANDO: que para el ajuste del Cuadro de Tarifas Máximas de gas
natural se recoge la variación del PPI (Producer Price Index).

CONSIDERANDO: que el ajuste propuesto se compatibiliza con lo establecido
en el Anexo Tarifas de Gas Natural de la Addenda al Contrato de Concesión
que fuera firmada con fecha 6 de febrero de 2002, así como con los
valores resultantes de la revisión de los cálculos realizados por la
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional
de Energía y Tecnología Nuclear.

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la Constitución
de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorízase a la empresa Gaseba Uruguay S.A. (en proceso de cambio de
denominación por Distribuidora de Gas de Montevideo - Grupo Petrobras) el
ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1º de agosto de 2006, para el
servicio de distribución de gas natural de Montevideo, conforme al Cuadro 
de Tarifas Máximas que se anexa y forma parte del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 260/006 de 
07/08/2006.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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