{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "260" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE ARTICULOS DEL DECRETO 502/972, POR EL CUAL SE CREO LA COMISION TECNICA EJECUTORA DEL PLAN NACIONAL DE SILOS \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/05/17/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/05/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/05/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 809 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19780530001-1978/1\" >30/05/1978</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "  Visto: la gestión formulada por la Comisión Técnica Ejecutora del Plan\r\nNacional de Silos, a los fines que se indicarán.\r\n\r\n  Resultando: I) Por decreto 502/972, de 19 de julio de 1972, se creó la\r\nComisión Técnica Ejecutora del Plan Nacional de Silos, cuyo cometido es el\r\nde concretar la ejecución de las obras e instalaciones previstas en el\r\nPlan Nacional que programará el Ministerio de Agricultura y Pesca;\r\n\r\nII) Por el artículo 8º del mencionado decreto se establece que los\r\nMinisterio de Transporte y Obras Públicas y de Agricultura y Pesca\r\nproveerán, de común acuerdo, todos los elementos necesarios para el\r\nfuncionamiento de la referida Comisión Técnica, tales como local para\r\noficina, útiles, personal administrativo, movilidad, etc.;\r\n\r\nIII) En la gestión de referencia la nombrada Comisión Técnica expresa la\r\nconveniencia que las obligaciones derivadas del cumplimiento del artículo\r\n8º del decreto 502/972, de 19 de julio de 1972, sean atendidas con los\r\nrecursos del Fondo Nacional de Silos;\r\n\r\nIV) Se recabó la opinión de la Dirección de Administración Financiera y\r\nDirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca.\r\n\r\n  Considerando: conveniente de acuerdo con lo expuesto, proveer en la\r\nforma aconsejada por la Comisión Técnica Ejecutora del Plan Nacional de\r\nSilos,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/260-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : " Incorpórense al decreto 502/972, de 19 de julio de 1972, los siguientes\r\nartículos:\r\n\r\n\"ARTICULO 9º. A los efectos de dar cumplimiento a las obligaciones\r\nestablecidas anteriormente, se hará uso de los recursos provenientes del\r\nFondo Nacional de Silos.\r\n\r\nARTICULO 10º. Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente\r\ndecreto.\r\n\r\nARTICULO 11º. Comuníquese, etc.\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/260-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - LUIS H. MEYER - EDUARDO J. SAMPSON " 
 }