{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "26" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DEL TRABAJO SEXUAL. CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/01/21/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/01/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/01/2005" 
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  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 136 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto 480/003 de 20 de noviembre de 2003 por el cual se crea\r\nel Registro Nacional del Trabajo Sexual.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que por dicha norma se reglamenta la Ley 17.515 de 4 de\r\njulio de 2002, relativa al Trabajo Sexual, estableciendo las condiciones,\r\nrequisitos, obligaciones, deberes y comportamientos que deben observarse.\r\n\r\nII) Que en su Artículo 15 establece la prohibición del consumo de bebidas\r\nalcohólicas en cualquiera de las instalaciones, ya sea en el hall de\r\nentrada, salas de espera, habitaciones, etc, de los prostíbulos.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que conforme la Ley que se reglamenta, en su Artículo 22\r\nse define al prostíbulo como todo local donde se brinde servicio de\r\ntrabajo sexual, para lo cual se deben de reunir determinados requisitos\r\nque dicha normativa exige, así como también para las personas que\r\ndesempeñan tal función.\r\n\r\nII) Que asimismo, se trata de un lugar privado, no expuesto al público,\r\nen el cual sólo pueden asistir y trabajar personas mayores de edad por\r\nimposición legal, por tanto, se entiende que el consumo de bebidas\r\nalcohólicas se encuentra estrechamente vinculado a las actividades allí\r\ndesarrolladas, por lo que, de cumplirse con la normativa vigente referida\r\ny sin alteraciones al orden público, no existirían fundamentos para\r\nprohibir dicho consumo.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  Derógase el Artículo 15 del Decreto 480/003 de 20 de noviembre de 2003.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  Publíquese, comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALEJO FERNANDEZ - JOSE AMORIN - MARIO ARIZTI - CONRADO BONILLA\r\n " 
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