{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "26" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION COMO CONTRATO-TIPO DE OCUPACION PARA LAS VIVIENDAS MILITARES, EL PROYECTADO POR EL SERVICIO DE VIVIENDAS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/01/25/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/01/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/01/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 90 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19770214001-1977/1\" >14/02/1977</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    Visto: el proyecto de contrato-tipo de ocupación precaria para las\r\nviviendas militares, propiedad del Estado que se asignan para uso del\r\npersonal de las Fuerzas Armadas en actividad, elaborado por el Servicio de\r\nViviendas del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n   Resultando: que el régimen jurídico aplicable a estas viviendas, se\r\nencuentra regulado por los artículos 241º, 242º y 243º de la ley 14.157, y\r\nen lo pertinente por el artículo 40º de la ley 13.737, así como por el\r\nartículo 185º de la ley 12.376, reglamentado por el decreto 24.362 de\r\nfecha 20 de setiembre de 1960.\r\n\r\n   Considerando: I) Que resulta conveniente instrumentar un modelo de\r\ncontrato-tipo de ocupación precaria de las viviendas militares, que\r\ndetermine específicamente entre las partes el alcance del derecho de uso\r\nde las mismas, de conformidad con las normas legales y reglamentarias\r\nvigentes;\r\n\r\n   II) Que a los efectos de unificar la contratación de esta materia, es\r\npertinente que el modelo proyectado sea aplicado por los Comandos de cada\r\nuna de las Fuerzas, así como por las dependencias que administren\r\nviviendas en ejercicio de competencias específicas.\r\n\r\n   Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de\r\nDefensa Nacional,\r\n\r\n                        El Presidente de la República\r\n\r\n                                    DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébase como contrato-tipo de ocupación precaria para las viviendas\r\nmilitares propiedad del Estado, asignadas para uso del personal de las\r\nFuerzas Armadas en actividad, el proyectado por el Servicio de Viviendas\r\ndel Ministerio de Defensa Nacional, según el modelo contenido en papeles\r\nAdministrativos, Serie E.D. Nº 120.450 y Nº 120.451. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/26-1977#CONTRATO\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El mismo será aplicado por los Comandos de cada una de las Fuerzas\r\nresponsables de la administración de las viviendas, así como por las\r\ndependencias del Ministerio de Defensa Nacional, que administren viviendas\r\npara el personal de las Fuerzas Armadas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese el presente decreto así como también el\r\ncontrato de ocupación precaria que figura en papel Administrativo Serie E.\r\nD. Nº 120.450 y Nº 120.451 y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }