{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "26" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE RETRIBUCIONES A LOS REPRESENTANTES DE LA REPUBLICA EN LA DELEGACION URUGUAYA DE LA COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/01/17/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/01/1975" 
  ,"vistos" : "   Visto: las exigencias de las tareas que deben realizar los representantes de la República en la Delegación Uruguaya de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande que obligan a una dedicación integral en beneficio de la marcha de las obras emprendidas.\r\n\r\n  Considerando: I) Que la referida Delegación se integra con el Presidente y tres Delegados;\r\n\r\n  II) Que todos los cargos referidos son de particular confianza del Poder Ejecutivo;\r\n\r\n  III) Que para dichos cargos son aplicables las normas vigentes sobre incompatibilidades con la percepción de haberes jubilatorios y el desempeño de otros cargos públicos remunerados con las salvedades de las excepciones legalmente establecidas;\r\n\r\n  IV) Que la fijación de las retribuciones deben ser acorde con la responsabilidad asignada a los representantes y a las exigencias de dedicación por cuyo motivo se considera que aquellos deben estar equiparados a los fijados para Subsecretarios de Estado y Directores Generales de Secretaría;\r\n\r\n  V) Que a fin de posibilitar el pago de las asignaciones que se autorizan por el presente decreto es necesario proceder al refuerzo del Rubro 7, Programa 6.04, Incisio 6.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por el artículo 231 de la ley 13.737 de 9 de enero de 1969, modificada del artículo 482 de la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y artículo 40 de la ley 14.057 de 3 de febrero de 1972.\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Asígnase a los Delegados de la República en la Delegación Uruguaya de la Comisión Mixta de Salto Grande el sueldo de Directores Generales de Secretaría y al Presidente de la misma Delegación el sueldo de Subsecretario de Estado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las erogaciones autorizadas entrarán a regir a partir del 1.o de enero de 1975 y serán efectuadas con cargo al Rubro 7, Programa 6.04, Inciso 6, Ministerio de Relaciones Exteriores. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los sueldos asignados lo son sin perjuicio de las incompatibilidades y excepciones que establece la ley para el desempeño de cargos en la Administración sujetos a las estipulaciones vigentes en materia de cargos de particular confianza. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Refuércese en $ 57:287.360 el Rubro 7, Renglón 719 del Programa 6.04, Inciso 6, Ministerio de Relaciones Exteriores con cargo al artículo 231 de la ley 13737 de 9 de enero de 1969, modificativa del artículo 482 de la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y artículo 40 de la ley 14.057 de 3 de febrero de 1972. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/26-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   BORDABERRY - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS " 
 }