Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 60/996 de 27/02/1996 artículo 3.
Visto: lo dispuesto por el artículo 71 del Decreto-Ley Nº 14.985 del
28 de diciembre de 1979, en la redacción dada por el artículo 228 de la
ley Nº 16.170 del 28 de diciembre de 1990, referente a los gastos de
etiqueta;
Resultando: que corresponde fijar las siguientes asignaciones
trimestrales para gastos de etiqueta:
I) para el Jefe de la Misión Diplomática permanente o quien lo subrogue
en caso de acefalía, en Malasia;
II) para quien desempeñe funciones Diplomáticas permanentes de jerarquía
inmediata inferior a la de Jefe de Misión en Malasia;
III) para el Cónsul General de la República o quien lo subrogue en caso
de acefalía, en Belo Horizonte, República Federativa del Brasil;
IV) para el Cónsul General de la República o quien lo subrogue en caso de
acefalía, en Rosario, República Argentina;
Atento: a lo informado por la Dirección General para Asuntos
Técnico-Administrativos, la Dirección Financiero Contable de esta
Secretaría de Estado y el Tribunal de Cuentas de la República.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 259/995 de 11/07/1995 artículo 1.