DOCTORES EN MEDICINA. REGLAMENTACION SOBRE CONDUCTA MEDICA Y DERECHOS DEL PACIENTE




Promulgación: 09/06/1992
Publicación: 16/06/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 536
Referencias a toda la norma

TITULO III - NORMAS DE APLICACION

Artículo 46

  Sín perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, las normas
contenidas en el presente decreto serán aplicadas por la Comisión de Salud
Pública en aquellos casos en que sea llamada a juzgar comportamientos
médicos acaecidos fuera del Ministerio de Salud Pública pero respecto a
las cuales sea llamada a intervenir de acuerdo a su competencia legal.

  De igual modo procederá a la Dirección General de la Salud, a través de
sus reparticiones con competencia de fiscalización, en la apreciación de
conductas que incidan en la calidad de la atención por parte  de  las
instituciones sometidas a su control.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 47.
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