FIJACION DEL PAGO DE TRIBUTO UNIFICADO PARA FERIANTES Y PERIFERIANTES




Promulgación: 10/05/1978
Publicación: 16/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 804

Artículo 4

  Los contribuyentes cuya actividad sea similar a la de los almacenes
minoristas de comestibles liquidarán el impuesto por los años 1966 a 1975
aplicando la tasa del 2%. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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