{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACIONES AL DECRETO 409/993. COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL\r\nSIDA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
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    ,"fechaPromulgacion" : "26/05/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/06/2008" 
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  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 409/993, de 15\r\nde septiembre de 1993, en cuanto crea la \"Comisión Nacional de Lucha\r\nContra el SIDA\" y el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 165/994 de 20 de abril\r\nde 1994, que modifica el Artículo 1º del precitado Decreto;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que se han venido haciendo esfuerzos en el sentido de\r\nadecuar leyes y normativas para mejorar la lucha contra el VIH-SIDA,\r\nteniendo en cuenta disposiciones existentes a nivel internacional que\r\nforman parte de nuestro ordenamiento positivo vigente al ser ratificados\r\npor Ley;\r\n\r\nII) que existen declaraciones, reglas y directrices en las que son\r\nconsideradas las normativas de referencia internacional, tales como: a)\r\nLeyes especiales que se integraron del Derecho Internacional al Derecho\r\npositivo uruguayo, como la Ley Nº 15.737 del 8 de marzo de 1985 de la\r\nConvención Americana de Derechos Humanos, Ley Nº 16.137 de 28 de\r\nseptiembre de 1990 sobre Derechos del Niño, Ley Nº 15.164 del 4 de agosto\r\nde 1981 surgida de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas\r\nde Discriminación contra la Mujer, Ley Nº 17.338 de 18 de mayo de 2001,\r\nreferida al Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de\r\ntodas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1981; b)\r\nDeclaraciones: Declaración Universal de los Derechos Humanos, Declaración\r\nde Derechos Humanos y la Carta sobre el VIH y el SIDA de 1992, Declaración\r\nde los derechos fundamentales de la persona que vive con el VIH/SIDA\r\n(Conferencia de Montreal de 1988), Programa Conjunto de las Naciones\r\nUnidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), Prioridades para la acción en VIH/SIDA\r\nen la República Oriental del Uruguay de mayo 2004, fijadas por el Grupo\r\nTemático de ONUSIDA en Uruguay, Programa de Acción de la Conferencia\r\nInternacional sobre la Población y el Desarrollo de El Cairo en 1994,\r\nPrograma de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el\r\nDesarrollo de Beijing en 1995, Revisión del Programa de Acción de la\r\nConferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de El Cairo\r\nen 1994 (CIPD +5), 1999, Revisión del Programa de Acción de la Conferencia\r\nInternacional sobre la Población y el Desarrollo de Beijing de 1995\r\n(Beijing +10), 2005; c) Reglas y Directrices: Declaración de Compromiso en\r\nla Lucha contra el VIH/SIDA de la Sesión Extraordinaria de la Asamblea\r\nGeneral de las Naciones Unidas (UNGASS), 25 a 27 de junio de 2001 y las\r\nsubsiguientes incluida la de 2006, el VIH/SIDA y los Derechos Humanos,\r\nDirectrices Internacionales, Segunda Consulta Internacional sobre el\r\nVIH/SIDA y los Derechos Humanos de Ginebra 23 a 25 de septiembre de 1996,\r\nNaciones Unidas, Nueva York y Ginebra de 1998;\r\n\r\nIII) que el 31 de mayo de 2005 se constituye en el ámbito de la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República el \"Mecanismo\r\nCoordinador País\" para la Propuesta de Uruguay \"SIDA: ¿Oportunidad o\r\nExpansión?\", hacia la V Ronda del Fondo Global de Lucha Contra el SIDA, la\r\nTuberculosis y la Malaria\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que la pandemia VIH/SIDA ha adquirido una magnitud tal\r\nque continúa amenazando la salud de la población en general, por lo que\r\nsurge la imperiosa necesidad de contar con una estructura de\r\nfuncionamiento acorde con las diversas funciones que ésta ha adquirido;\r\n\r\nII) que sin perjuicio de la existencia de múltiples estructuras públicas y\r\nprivadas dedicadas al abordaje de la temática SIDA, resulta útil y\r\nnecesario potenciar los mecanismos de coordinación entre las estructuras\r\npúblicas y privadas, institucionales y comunitarias de todo tipo, a los\r\nefectos de actuar de manera más integral y eficiente sobre las múltiples\r\nrespuestas a la realidad socio-sanitaria;\r\n\r\nIII) que debe racionalizarse la utilización de los recursos existentes y\r\nla eventual obtención de nuevos, a través de la cooperación\r\nnacional-intersectorial e internacional;\r\n\r\nIV) que la conformación del \"Mecanismo Coordinador País\", tanto en su\r\nestructura organizativa como funcional, necesita una reglamentación propia\r\nque determine el alcance de su competencia y los procedimientos a seguir\r\nen función de los acuerdos alcanzados entre sus integrantes vinculados,\r\ntanto del sector público como del privado;\r\n\r\nV) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, a\r\ntravés del \"Programa Prioritario de ITS/SIDA\", entiende pertinente\r\nmodificar el citado Decreto Nº 409/993 de 15 de septiembre de 1993;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo previsto en la Ley Nº 9.202\r\n-Orgánica de Salud Pública- de 12 de enero de 1934;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 409/993 de 15/09/1993 \r\nartículos <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/1\" >1</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/2\" >2</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/3\" >3</a>.\r\n<b><font color=\"#0000FF\">Además, este artículo agregó a:</font></b> Decreto Nº 409/993 de 15/09/1993 artículos \r\n<a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/4\" >4</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/5\" >5</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/6\" >6</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/7\" >7</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/8\" >8</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/409-1993/9\" >9</a>.\r\n" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - RICARDO BERNAL - GONZALO FERNANDEZ -\r\nJOSE BAYARDI - FELIPE MICHELINI - EDUARDO BONOMI - MARINA ARISMENDI\r\n " 
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