IMPUESTO AL PATRIMONIO. DECLARACIONES JURADAS. LIQUIDACION Y PAGO




Promulgación: 16/04/1968
Publicación: 22/04/1968

Resumen:

Fíjanse plazos para el pago del Impuesto al Patrimonio de las personas 
físicas y sucesiones indivisas y a las Rentas de Industria y Comercio de 
las explotaciones agropecuarias.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
      Decreto Nº 405/968 de 25/06/1968 artículo 2,
      Decreto Nº 330/968 de 28/05/1968 artículo 2.


		
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