{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "254" 
  ,"anioNorma" : 2025 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DE LA FACULTAD PREVISTA EN EL DECRETO 134/019, RELATIVO AL PAGO DE COMPENSACIONES ESPECIALES A DETERMINADOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2025/11/26/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/11/2025" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/11/2025" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 134/019, de 13 de mayo de 2019;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el decreto referido, autoriza el pago de una compensación especial a los funcionarios presupuestados del entonces Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, exceptuándolos de lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;\r\n\r\n   II) que dicho decreto es aplicable al Ministerio de Ambiente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 40 in fine del Decreto N° 99/022, de 24 de marzo de 2022, por el cual se transfirieron los cargos y créditos correspondientes al personal de las entonces Unidades Ejecutoras 004 \"Dirección Nacional de Medio Ambiente\" y 005 \"Dirección Nacional de Aguas\", del Inciso 14 \"Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial\", al Inciso 36 \"Ministerio de Ambiente\";\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Ambiente fue creado por el artículo 291 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y, aunque por Decreto N° 315/023, de 24 de octubre de 2023, se aprobó el proyecto de reformulación de su estructura organizativa y de puestos de trabajo, todavía se encuentra pendiente la provisión de la totalidad de sus cargos y funciones;\r\n\r\n   II) que, en mérito a ello, se entiende necesario ampliar la facultad del Ministerio de Ambiente de otorgar compensaciones especiales a los funcionarios que desempeñan funciones en dicha Secretaría de Estado;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 296, 297 y 299 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020 y el artículo 511 y siguientes de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/254-2025/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase a los efectos de su aplicación por el Ministerio de Ambiente, la facultad prevista en el artículo 1° del Decreto N° 134/019, de 13 de mayo de 2019, para abonar mediante resolución fundada, compensaciones especiales a los funcionarios presupuestados que cumplen funciones en el Inciso 36 \"Ministerio de Ambiente\", en los términos previstos en el referido decreto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° in fine del Decreto N° 99/022, de 24 de marzo de 2022. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN20251201001-2025/1\" >01/12/2025</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/254-2025/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : "    YAMANDÚ ORSI - OSCAR CAPUTI - GABRIEL ODDONE " 
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