Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 130.
Artículo 2
Comuníquese, publíquese y pase al Director General de Recursos Humanos
a Recursos Financieros - Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, a la Contaduría General de la Nación y al Comando General de la Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.