APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1993




Promulgación: 02/06/1993
Publicación: 18/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el
Poder Ejecutivo. 
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