{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "253" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1989" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/06/22/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/06/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/06/1990" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/253-1990?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "     Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondientes al ejercicio 1989.\r\n\r\n    Resultando: I) Que por el decreto 789/988 de 23 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondientes al ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987-febrero 1988;\r\n\r\n    II) Que por el decreto 204/989 de 3 de mayo de 1989, se aprobó una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a diciembre de 1988;\r\n\r\n    III) Que por el decreto 448/989 de 27 de setiembre de 1989, se aprobó una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio en el período enero-junio 1989; según su vigencia;\r\n\r\n    IV) Que por el decreto 447/989 de 27 de setiembre de 1989, se aprobó una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio en el período enero-octubre 1989; según su vigencia;\r\n\r\n    V) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 22 y 23 del decreto 789/989, ajustar las partidas de ingresos y gastos de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios del período enero-diciembre de 1989; según su vigencia;\r\n\r\n    VI) Que el Directorio del Banco de Seguros del Estado otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del 24.4 % con vigencia al 1° de noviembre y un incremento del 23.23 % para los beneficios sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional.\r\n\r\n    Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio del Banco de Seguros del Estado, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;\r\n\r\n    II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;\r\n\r\n    III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.\r\n\r\n    Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n    El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/253-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Sustitúyense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondientes al ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:\r\n\r\n                                             N$                  N$\r\n\r\nI - RECURSOS .........................                  105.698:473.905.00\r\n      Premios ........................ 80.428:209.557.00\r\n      Comisiones y reaseguros pasivos   3.572:467.354.00\r\n      Siniestros recuperación\r\n      reaseguros .....................  2.682:780.289.00\r\n      Otros ingresos ajenos al giro ..  6.658:165.074.00\r\n      Impuestos recuperación\r\n      reaseguros .....................    357:494.891.00\r\n      IVA a facturar ................. 11.999:356.740.00\r\n                                       -----------------\r\nII - PRESUPUESTO OPERATIVO ...........                   86.666:934.759.00\r\nRubro          Denominación                  N$                  N$\r\n\r\n0      Retribución servicios personales                   7.018:069.958.00\r\n011311 Sueldos básicos cargos \r\n       presupuestados ................  4.095:652.447.00\r\n       Directorio ....................     30:561.114.00\r\n018    Sueldos prog. p/cat. ..........     33:805.087.00\r\n019311 Sueldo anual complementario \r\n       c/pres. .......................    491:549.921.00\r\n021321 Sueldos básicos personal\r\n       contratado ....................    535:600.730.00\r\n029311 Sueldo anual complementario \r\n       c/cont. .......................     51:244.714.00\r\n050    Honorarios ....................    426:539.099.00\r\n051    Honorarios liq.pol. accidente .     54:402.203.00\r\n052    Honorarios médicos ............     31:492.804.00\r\n061311 Trabajos en horas extras ......    235:799.758.00\r\n062301 Gastos representación Directorio     3:654.087.00\r\n063    Comp. estudios especiales .....      2:852.004.00\r\n064    Prima por antigüedad ..........    431:091.159.00\r\n065    Com. de cobranza ..............    322:928.457.00\r\n066    Com. p/subrogación ............     10:296.030.00\r\n068    Funciones distintas al cargo ..     84:924.490.00\r\n069    Trabajo nocturno ..............     28:179.177.00\r\n077    Quebranto de Caja .............    105:294.579.00\r\n078    Com. Secret. Direct. ..........      6:803.918.00\r\n079    Com. Prof. Univ. ..............     20:935.880.00\r\n08011  Adelanto a cuenta Presupuesto .      3:068.540.00\r\n08021  Adelanto a cuenta contrat. ....        504.000.00\r\n       Subsidio ex-Directores ........     10:889.760.00\r\n                                        ----------------\r\n1      Cargas legales s/serv.\r\n       personales ....................                    2.454:532.694.00\r\n111    Aporte pat. jubilatorio .......  1.941:737.660.00\r\n123    Aporte Pat. al FNV ............     74:174.809.00\r\n125    Aporte Pat. seguro accidentes\r\n       de trabajo ....................     16:921.240.00\r\n126    Aporte Pat. al seguro de retiro    334:285.283.00\r\n131    Impuesto s/retribución ........     87:413.702.00\r\n                                        ----------------\r\n2      Materiales y suministros ......                    1.281:394.928.00\r\n3      Servicios no personales .......                    1.765:235.725.00\r\n7      Subsidios y otras transferencias                   3.736:951.546.00\r\n742    Cont. guardería funcionarios ..     14:554.065.00\r\n744    Donaciones ....................     24:778.080.00\r\n745    Transf. deportes, cultura, etc.            565.00\r\n749    Otras prestaciones ............        118.486.00\r\n751    Prima por matrimonio ..........      2:685.998.00\r\n752    Hogar constituido .............    223:614.889.00\r\n753    Prima p/nacimiento ............      5:147.136.00\r\n754    Prestaciones p/hijo ...........     69:477.259.00\r\n758    Prestaciones p/alimento cont. .    102:423.750.00\r\n759    Prestaciones p/alimento pres. .    764:137.059.00\r\n774    Comp. p/asistencia médica .....  1.169:294.837.00\r\n775    Asistencia médica pasivos .....    278:000.000.00\r\n781    Afiliación a organismos de \r\n       seguridad social ..............        303.005.00\r\n791    Tributos nacionales ...........    961:694.005.00\r\n792    Tributos Municipales ..........    120:722.412.00\r\n                                        ----------------\r\n8      Serv. de deuda y anticipo .....                   70.292:963.298.00\r\n9      Asignaciones globales .........                      117:786.610.00\r\n                                                            --------------\r\nIII - PRESUPUESTO DE INVERSIONES .....                    2.088:999.237.00\r\nRubro       Denominación                     N$                  N$\r\n\r\n4      Maq., equipos y mobiliario nuevos                  1.549:958.977.00\r\n5      Tierras, edif. y otros activos\r\n       preexistentes .................                       36:360.000.00\r\n6      Const., mejoras y Rep.\r\n       extraordinarias ...............                      502:680.260.00\r\n     Los Rubros 0 \"Retribución de Servicios Personales\", 1 \"Cargas Legales\r\nsobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y Otras Transferencias\" en lo\r\nrelativo a beneficios sociales, están expresados a precios de enero - diciembre de 1989. \r\n     Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 606,00 (nuevos pesos seiscientos seis) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de enero-diciembre de 1989.<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1990/06/22/4\" target=\"_blank\">Nº 253/990</a> de \r\n06/06/1990.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA " 
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