{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "252" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "EXCEPCION A LA PROHIBICION DE LA RENOVACION DEL PARQUE AUTOMOTRIZ ESTABLECIDA EN EL ART. 1° Y 2° INCISO PRIMERO DEL DECRETO 447/007" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/08/20/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/08/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/08/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 446 
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  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 447/007 de 19 de\r\nnoviembre de 2007, referente a la prohibición de la renovación del parque\r\nautomotriz de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, siempre que\r\nimplique egreso de caja, cualquiera fuere la fuente de financiación.\r\n\r\nRESULTANDO: Que la actual flota automotriz del Ministerio de Trabajo y\r\nSeguridad Social destinada a la Unidad Ejecutora 007 Inspección General\r\ndel Trabajo y de la Seguridad Social consta de 8 vehículos, resultando\r\ninsuficientes para el control de las condiciones de trabajo en la que se\r\ndesempeñan los trabajadores, especialmente en zonas rurales.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que los avances en materia legislativa y reglamentaria en\r\ncuanto a derecho de los trabajadores tanto en materia de condiciones\r\ngenerales como en materia de condiciones de seguridad, salud y medio\r\nambiente de trabajo y el aumento de la actividad fiscalizadora de la\r\nInspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.\r\n\r\nII) Que resulta necesario reforzar la flota aumentando su número a los\r\nefectos de cumplir con los cometidos de la Inspección General del Trabajo\r\ny de la Seguridad Social, en el control del cumplimiento de la normativa\r\nlaboral, especialmente en los lugares más abiertos y de difícil acceso.\r\n\r\nIII) Que se previó en la Rendición de Cuentas del año 2011 los fondos\r\nnecesarios a efectos de adquirir dos vehículos con las condiciones\r\nnecesarias para el cumplimiento de los fines requeridos.\r\n\r\nATENTO: A lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/252-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Exceptúase de la aplicación del artículo 1° y artículo 2° inciso primero\r\ndel Decreto N° 447/007 del 19 de noviembre de 2007, en el ejercicio 2013\r\nal Inciso 13 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/252-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO -\r\nELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO -\r\nROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE -\r\nLILIAM KECHICHIAN -FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER " 
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