Visto: la ley 14.268 de 20 de setiembre de 1974 por la que se autoriza al
Poder Ejecutivo a emitir títulos de la Deuda Pública nacional, denominados
"Bonos del Tesoro", para atender el financiamiento del Fondo Nacional de
Inversiones.
Resultando: I) Que por decreto 829/974 de fecha 22 de octubre de 1974 se
reglamentó la emisión de una serie de Bonos del Tesoro por Dólares
100:000.000 (cien millones de dólares estadounidenses) denominada 11ª
Serie y por decreto 202/975 de 13 de marzo de 1975 se amplió dicha suma en
Dólares 15:000.000 (quince millones de dólares estadounidenses);
II) Que por el artículo 10º del referido decreto 829/974 dicha emisión
podrá cotizarse en la Bolsa de Valores de Montevideo a partir del 15 de
mayo de 1975;
III) Que la 11ª Serie ha sido colocada totalmente y la ampliación se
encuentra abierta al solo efecto del canje.
Considerando: que a los efectos de un mejor contralor de su cotización se
estima conveniente adelantar la fecha en que podrán cotizarse en la Bolsa
de Valores de Montevideo.
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado,
El Presidente de la República
DECRETA: