ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD. ESTUFAS A GAS O KEROSENE




Promulgación: 08/06/1965
Publicación: 15/06/1965

Resumen:

Declárase que las estufas y cocinas a supergas y kerosene de determinadas capacidades y sus repuestos, no están comprendidas en el Decreto Nº 236/965, por el que se declararon artículos de primera necesidad.

Artículo 1



		
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