TRIBUTOS. ARRENDAMIENTOS




Promulgación: 21/07/1964
Publicación: 14/08/1964

Resumen:

Establécese que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la Vejez, recaudará a partir de determinada fecha, los tributos creados por las Leyes Nos. 7.880 de 13 de agosto de 1925 y 11.617 de 20 de octubre de 1950. Derógase el Decreto de 
22 de junio de 1955.

Artículo 1



		
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