MODIFICACION DEL ARANCEL EXTERNO COMUN




Promulgación: 15/08/2005
Publicación: 19/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 459
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Incorpóranse a la lista de excepciones al Arancel Externo Común los
siguientes ítems, con las notas y las tasas globales arancelarias
aplicables a las importaciones procedentes de extrazona que en cada caso
se indican:
4007.00.11 - Recubiertos de siliconas, incluso paralelizados - 2%
7118.10.10 - Destinadas a tener curso legal en el país importador - 0%
9018.90.99 - Exclusivamente Equipos de anestesia 0%.
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