APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2002




Promulgación: 18/06/2003
Publicación: 26/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1336
Referencias a toda la norma
VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y 
de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y 
Portland correspondiente al ejercicio 2002.

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su 
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen:

ATENTO: A lo establecido en el Art. Nº 221 de la Constitución de la 
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de 
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y 
Portland correspondiente al Ejercicio 2002, de acuerdo con el siguiente 
detalle:

PROGRAMA 1.10 ENERGIA COMBUSTIBLES.                $              $

I - INGRESOS.                                               16.919.458.040
  a)  Ingresos Propios.                                     16.794.018.040
  1. Ventas Netas                            10.317.485.232
  2. Otros Ingresos del Giro                        656.000
  3. IMESI,IVA y COFIS.                       5.254.365.298
  4. Otros Ingresos ajenos al Giro.           1.221.511.510
  b)  Financiamiento Externo.                                  125.440.000

II     PRESUPUESTO OPERATIVO                                14.000.511.354
Rubro         Denominación                         $              $
1.10.0 Retribución de Serv. Personales                         276.071.477
   1   Personal Presupuestado.                  155.524.026
       - Sueldos Básicos.                       126.301.848
       - Productividad.                          27.465.350
       - Adelanto a cuenta.                             433
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.            1.756.395

   2   Personal Contratado.                      10.103.053
       - Otros Contratados.                       6.169.355
       - Adelanto a Cuenta.                              12
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.              195.922
       - Changas.                                 3.737.764

   3   Otras Compensaciones.                    110.444.398
       - Varios.                                 77.231.234
       - Prima por Antigüedad.                    6.450.290
       - Quebranto de Caja.                         338.432
       - Compensación Producto.                   2.659.107
       - Viático compens. Comida.                23.765.335

1.10.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales.                   72.997.457
1.10.2 Materiales y Suministros.                             5.426.655.632
       - Compra de Crudo.                     4.175.270.049
       - Importación de Derivados.            1.054.688.432
       - Varios.                                196.697.151
1.10.3 Servicios no Personales.                              2.384.858.127
1.10.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                 19.170.520
1.10.7 Subsidios y Otras Transferencias.                     5.438.659.373
   5   Transf. a Unidades Familiares.            24.791.364
       - Hogar Constituído.                       4.212.042
       - Asignación Familiar.                     1.585.309
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                 111.048
       - Servicios Médicos.                      17.214.325
       - Serv. a Pers. en Actividad.              1.668.640

   7   Pasantías y Becas.                         2.616.830
   9   Tributos Nacionales y Municipales.     5.411.251.179
  10   Versión Resultados.                                0
1.10.8 Servicio de Deuda y Anticipos.                          147.178.240
1.10.9 Asignaciones Globales.                                  234.920.528

III - INVERSIONES.                                           1.505.514.000
 Rubro        Denominación                         $              $
   0   Retribución de Serv. Personales                           5.297.000
   1   Cargas Legales                                            1.021.000
   3   Servicios no Personales.                                 71.528.000
   4   Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos.                    990.598.000
   5   Tierras, Edif. y otros Act. Preexist.                   138.240.000
   6   Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                     298.798.000
   7   Subsidios y Otras Transferencias.                            32.000
   8   Servicio de Deuda y Anticipos.                                    0

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor 
Agregado; COFIS y el impuesto a la compra de moneda extranjera por $ 
5.406:564.179 cuyo monto, al igual que el Adelanto a Cuenta de Resultados 
dispuesto por el artículo Nº 643 de la Ley 16.170, no son de carácter 
limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y 
de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.11 ENERGIA GAS.                         $              $

I - INGRESOS.                                                  411.054.822
  a)  Ingresos Propios.                                         73.134.822
  1. Ventas Netas                                68.992.752
  2. IVA                                          4.142.070
  b)  Financiamiento Externo.                                  337.920.000

II     PRESUPUESTO OPERATIVO                                   135.233.086
Rubro         Denominación                         $              $
1.11.0 Retribución de Serv. Personales                           4.440.643
   1   Personal Presupuestado.                    3.468.515
       - Sueldos Básicos.                         2.926.784
       - Productividad.                             518.377
       - Adelanto a cuenta.                               0
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.               23.354

   2   Personal Contratado.                               0
       - Otros Contratados.                               0
       - Adelanto a Cuenta.                               0
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.                    0
       - Changas.                                         0

   3   Otras Compensaciones.                        972.128
       - Varios.                                    554.203
       - Prima por Antigüedad.                       84.576
       - Quebranto de Caja.                               0
       - Compensación Producto.                      31.477
       - Viático compens. Comida.                   301.872
1.11.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales.                    1.180.293
1.11.2 Materiales y Suministros.                                36.446.943
       - Productos Energéticos.                  35.919.923
       - Varios.                                    527.020
1.11.3 Servicios no Personales.                                 54.662.476
1.11.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                    225.440
1.11.7 Subsidios y Otras Transferencias.                        32.649.565
   5   Transferen. a Unidades Familiares.           258.059
       - Hogar Constituído.                          37.446
       - Asignación Familiar.                        10.040
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                       0
       - Servicios Médicos.                         210.573
       - Serv. a Pers. en Actividad.                      0

   7   Pasantías y Becas.                                 0
   9   Tributos Nacion. y Municipales.           32.391.506
  10   Versión Resultados.                                0
1.11.8 Servicio de Deuda y Anticipos.                            2.887.680
1.11.9 Asignaciones Globales.                                    2.740.046

III - INVERSIONES.                                             338.154.000
Rubro         Denominación                        $               $
   4   Maquinaria, Equipos y Mob. Nuevos.                          234.000
   5   Tierras, Edificios y otros Act. Preexist.               337.920.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
a la Compra de Moneda Extranjera, COFIS y el Impuesto al Valor Agregado 
por $ 31:517.506 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo no 
podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.12 ENERGIA SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA

                                                  $               $
I - INGRESOS.                                                  196.913.493
  a)  Ingresos Propios.                                        195.633.493
  1. De Terceros.                                73.676.757
  2. Transf. Interdivisionales                  121.956.736
  b)  Financiamiento Externo.                                    1.280.000

II     PRESUPUESTO OPERATIVO                                 1.065.794.514
Rubro         Denominación                        $               $
1.12.0 Retribución de Serv. Personales                         242.294.872
   1   Personal Presupuestado.                  160.585.169
       - Sueldos Básicos.                       128.012.082
       - Productividad.                          30.604.851
       - Adelanto a cuenta.                           1.556
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.            1.966.680

   2   Personal Contratado.                       5.952.771
       - Otros Contratados.                       5.596.435
       - Adelanto a Cuenta.                              80
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.              113.537
       - Changas.                                   242.719

   3   Otras Compensaciones.                     75.756.932
       - Varios.                                 37.129.423
       - Prima por Antigüedad.                    7.830.901
       - Quebranto de Caja.                         832.010
       - Compensación Producto.                   2.631.148
       - Viático compensación Comida.            27.333.450
1.12.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales.                   58.244.029
1.12.2 Materiales y Suministros.                                92.848.294
1.12.3 Servicios no Personales.                                196.310.083
1.12.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                  4.686.127
1.12.7 Subsidios y Otras Transferencias.                       421.089.777
   3   Subsidios Organismos Públicos.             2.938.400
   4   Subsidios Organismos Privados.             9.008.472
   5   Transf. a Unidades Familiares.           108.250.133
       - Hogar Constituído.                       3.569.676
       - Asignación Familiar.                     1.637.726
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                 106.083
       - Servicios Médicos.                      89.984.308
       - Otros con retardo mental.                2.657.797
       - Serv. a Pers. en Actividad.              8.000.163
       - Serv. a Unidades Fliares.                2.294.380

   7   Pasantías y Becas.                         2.861.665
   9   Tributos Nacion. y Municipales.          298.031.107
  10   Versión Resultados.                                0
1.12.8 Servicio de Deuda y Anticipos.                           41.505.997
1.12.9 Asignaciones Globales.                                    8.815.335

III - INVERSIONES.          155.189.000
Rubro         Denominación                        $               $
   0   Retribución de Servicios Personales.                      4.713.000
   1   Cargas Leg. Sobre Serv. Personales.                       1.249.000
   2   Materiales y Suministros.                                   589.000
   3   Servicios no Personales.                                 28.015.000
   4   Maquinaria, Eq. Y Mob. Nuevos.                          106.339.000
   5   Tierras, Edificios y otros Act. Preexist.                 1.280.000
   6   Construcc., Mejoras y Reparac. Extraord.                 12.416.000
   7   Subsidios y otras Transferencias.                           588.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 
249:998.963 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá 
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.13 ENERGIA Factor Humano a Reaplicar.

I      PRESUPUESTO OPERATIVO                                    27.750.606
Rubro         Denominación                        $               $
1.13.0 Retribución de Serv. Personales                          18.236.874
   1   Personal Presupuestado.                   11.109.975
       - Sueldos Básicos.                        10.696.131
       - Productividad.                              17.897
       - Adelanto a cuenta.                             106
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.              395.841

   2   Personal Contratado.                               0
       - Otros Contratados.                               0
       - Adelanto a Cuenta.                               0
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.                    0
       - Changas.                                         0

   3   Otras Compensaciones.                      7.126.899
       - Varios.                                     88.793
       - Prima por Antigüedad.                    1.445.087
       - Quebranto de Caja.                               0
       - Compensación Producto.                     445.019
       - Viático compens. Comida.                 5.148.000
1.13.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales.                    4.277.020
1.13.2 Materiales y Suministros.                                         0
1.13.3 Servicios no Personales.                                          0
1.13.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                          0
1.13.7 Subsidios y Otras Transferencias.                         5.236.712
   3   Subsidios Organismos Públicos.                     0
   4   Subsidios Organismos Privados.                     0
   5   Transf. a Unidades Familiares.             5.236.712
       - Hogar Constituído.                         838.592
       - Asignación Familiar.                       427.369
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                  19.998
       - Servicios Médicos.                       2.632.160
       - Otros con retardo mental.                        0
       - Serv. a Pers. en Actividad.              1.318.593

   7   Pasantías y Becas.                                 0
   9   Tributos Nacion.y Municipales.                     0
  10   Versión Resultados.                                0
1.13.8 Servicio de Deuda y Anticipos.                                    0
1.13.9 Asignaciones Globales.                                            0

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.

PROGRAMA 1.2 ALCOHOLES.                           $               $

I - INGRESOS.                                                  177.626.350
  a)  Ingresos Propios.                                        177.626.350
  1. Ventas Netas                                84.466.470
  2. Transf. Interdivisionales                      220.000
  3. IMESI, IVA y COFIS.                         82.828.880
  4. Otros.                                      10.111.000
  b)  Financiamiento Externo.                                            0

II     PRESUPUESTO OPERATIVO                                   161.521.158
Rubro         Denominación                        $               $
1.2.0  Retribución de Serv. Personales                          29.693.411
   1   Personal Presupuestado.                   18.721.548
       - Sueldos Básicos.                        14.453.017
       - Productividad.                           3.962.553
       - Adelanto a cuenta.                             169
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.              305.809

   2   Personal Contratado.                          29.319
       - Otros Contratados.                          22.626
       - Adelanto a Cuenta.                               1
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.                  266
       - Changas.                                     6.426

   3   Otras Compensaciones.                     10.942.544
       - Varios.                                  5.236.329
       - Prima por Antigüedad.                    1.193.506
       - Quebranto de Caja.                         114.052
       - Compensación Producto.                     349.568
       - Viático compens. Comida.                 4.049.089
1.2.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                    3.206.103
1.2.2  Materiales y Suministros.                                34.850.686
1.2.3  Servicios no Personales.                                 11.399.461
1.2.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                  1.884.820
1.2.7  Subsidios y Otras Transferencias.                        79.042.628
   5   Transf. a Unidades Familiares.             5.732.149
       - Hogar Constituído.                         639.131
       - Asignación Familiar.                       305.019
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                  50.499
       - Servicios Médicos.                       2.860.280
       - Serv. A Pers. en Actividad.              1.877.220

   7   Pasantías y Becas.                         1.015.971
   9   Tributos Nacion. y Municipales.           72.294.508
  10   Versión Resultados.                                0
1.2.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                                    0
1.2.9  Asignaciones Globales.                                    1.444.049

III - INVERSIONES.                                              42.449.000
Rubro         Denominación                        $               $
   4   Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos.                     35.025.000
   5   Tierras, Edif. Y otros Activos Existentes.                5.760.000
   6   Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                       1.664.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
Específico Interno, al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda 
Extranjera por $ 69:826.008 cuyo monto no es de carácter limitativo. El 
Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y 
volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la 
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.3 PORTLAND.                            $               $

I - INGRESOS.                                                  585.964.683
  a)  Ingresos Propios.                                        585.964.683
  1. Ventas Netas                               444.253.267
  2. Transf. Interdivisionales                    1.834.704
  3. IVA y COFIS.                               118.571.197
  4. Otros.                                      21.305.515
  b)  Financiamiento Externo.                                            0

II     PRESUPUESTO OPERATIVO                                   649.499.026
Rubro         Denominación                        $               $
1.3.0  Retribución de Serv. Personales                          90.409.994
   1   Personal Presupuestado.                   44.693.327
       - Sueldos Básicos.                        37.589.382
       - Productividad.                           6.281.029
       - Adelanto a cuenta.                             331
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.              822.585

   2   Personal Contratado.                         315.455
       - Otros Contratados.                         267.852
       - Adelanto a Cuenta.                               0
       - Aum. Res. 470/92 de 21.05.92.                5.494
       - Changas.                                    42.109

   3   Otras Compensaciones.                     45.401.212
       - Varios.                                 30.544.416
       - Prima por Antigüedad.                    2.898.497
       - Quebranto de Caja.                         259.789
       - Compensación Producto.                     929.759
       - Viático compens. Comida.                10.768.751
1.3.1  Cargas Legales sobre Serv. Personales.                   22.653.544
1.3.2  Materiales y Suministros.                               213.076.299
1.3.3  Servicios no Personales.                                146.366.494
1.3.4  Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos.                 27.810.116
1.3.7  Subsidios y Otras Transferencias.                       137.564.992
   5   Transf. A Unidades Familiares.            11.921.862
       - Hogar Constituído.                       1.807.946
       - Asignación Familiar.                       658.856
       - Prima Nacim. y Matrimonio.                  40.397
       - Servicios Médicos.                       8.528.198
       - Serv. a Pers. en Actividad.                886.465

   7   Pasantías y Becas.                         4.064.789
   9   Tributos Nacion.y Municipales.           121.578.341
  10   Versión Resultados.                                0
1.3.8  Servicio de Deuda y Anticipos.                                    0
1.3.9  Asignaciones Globales.                                   11.617.587

III - INVERSIONES.                                             144.212.000
Rubro         Denominación                        $               $
   4   Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos.                    130.324.000
   5   Tierras, edificios y otros Act. Preex.                    9.600.000
   6   Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                       4.288.000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan 
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero - 
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda Extranjera por $ 
121:275.117, cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá 
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de 
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 250/003 de 
18/06/2003.

Artículo 2

 Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº 
84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente 
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, 
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el 
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la 
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal 
de Cuentas.

Artículo 3

 Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen 
hasta el efecto el incremento aplicado a partir del 1º de enero de 2001 y 
fueron reducidas en el 100% de las bajas producidas en el período enero - 
junio 2001. La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y 
Portland deberá elevar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, antes 
del 30 de abril de 2002, la eliminación del 100% de las vacantes no 
incentivadas generadas en el período 1º de julio al 31 de diciembre de 
2002. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.

Artículo 4

 Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional, 
Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores 
medios enero - junio de 2001, y se ajustarán a la evolución que registren 
dichos parámetros.

Artículo 5

 El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo 
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras 
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en 
períodos no menores de seis meses y a realizar el ajuste de las 
respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al 
Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la 
variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el 
Instituto Nacional de Estadísticas, los convenios laborales vigentes, la 
política del Poder Ejecutivo en la materia y sus disponibilidades 
financieras.

Artículo 6

 Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0 
"Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios 
Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para financiar la 
incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que 
fueron destituídos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto 
Institucional Nº 7, o mediante actos contrarios a una regla de derecho o 
dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.

Artículo 7

 La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por 
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el 
Poder Ejecutivo.

Artículo 8

 La prima por Hogar Constituído se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en 
el art. 24 de la Ley Nº 15.983 (+) de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituído 
se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario 
Mínimo Nacional para la actividad privada.
--------------------------------------------------------------------------
 (+) Donde dice: "15.983", debe decir: "15.903".
--------------------------------------------------------------------------

Artículo 9

 El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de 
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con 
vigencia desde el 1º de junio de 1986.

Artículo 10

 El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto 
Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, y la Tasa de 
Inflamable a nivel de enero - junio de 2001 cuyas partidas al igual que 
el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el Artículo Nº 643 de la 
Ley Nº 16.170, no son de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar 
sus montos de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad 
dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto.

Artículo 11

 Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas 
en moneda nacional a nivel medio de enero - junio de 2001 y las en moneda 
extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 12,80. Las mismas se ajustarán 
en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto 
Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del 
dólar, respectivamente.

Artículo 12

 Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la 
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos 
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se 
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.

Artículo 13

 Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales 
de los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los 
duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta el fin del 
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales 
a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en 
función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el art. 3º y 
las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio para 
dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a 
los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo 
no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar 
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de 
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las 
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal 
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

Artículo 14

 En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se 
aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.

Artículo 15

 El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá 
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de 
Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios 
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por 
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9 
"Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo.

Artículo 16

 Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto 
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el 
año y según lo dispuesto por el art. Nº 228 de la Constitución, rigen las 
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.

Artículo 17

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 18

 Comuníquese, publíquese, etc.


HIERRO LOPEZ - JUAN BORDABERRY - ALEJANDRO ATCHUGARRY


Ayuda