CARGOS Y CONTRATOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 05/07/1995
Publicación: 19/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 78/995 de 20 de febrero de 1995,
por el que se aprobó la estructura de cargos y contratos de función
pública de la Unidad Ejecutora 07 "Direccion Nacional de Aduanas" del
Programa 007 "Dirección Nacional de Aduanas", del Programa 007
"Recaudación de Renta Aduanera y Contralor del Tránsito Aduanero de
Bienes", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas"

 Resultando: I) que en la estructura de cargos se omitieron
incorporaciones realizadas con anterioridad al 1º de julio de 1993,
fecha de vigencia de la racionalización presupuestal.

 II) que asimismo no se contempló la situacion presupuestal de algunos
funcionarios restituidos a esa Oficina, al amparo de lo dispuesto en la
Ley Nº 15.783 de 28 de noviembre de 1985.

 III) que se constataron diferencias en la nómina de cargos citada.

 Considerando: que es necesario modificar el Decreto de referencia,
a fin de subsanar las deficiencias padecidas.

 Atento: a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil y
la Contaduría General de la Nación.

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el planillado de cargos y funciones contratadas de la Unidad
Ejecutora 07 "Dirección Nacional de Aduanas", del Programa 007
"Recaudación de Renta Aduanera y Contralor del Tránsito Aduanero de
Bienes", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" aprobado por
el artículo 1º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 78/995 de 20 de febrero
de 1995, de la manera siguiente, en los cargos presupuestados, donde
dice: "5 Director de División Contador A 16" debe decir": "1 Director
General Profesional A 16 (al vacar Director de División Contador A 16) y 4
Director de División Contador A 16":
se agrega: "1 Director de División Química A 16"
donde dice: "6 Asesor V Abogado A 10"
debe decir: "7 Asesor V Abogado A 10"
donde dice: "3 Asesor VII Sicólogo A 08"
debe decir: "2 Asesor VII Sicólogo A 08 y 1 Asesor
VII, 1 Sicólogo A 08 (se suprime al vacar)"
donde dice: "1 Asesor VII Asistente Social A 08"
debe decir: "2 Asesor VII Asistente Social A 08"
donde dice: "1 Técnico III Bibliotecólogo B 08"
debe decir: "1 Asesor VII Licenciado en Bibliotecología A 08:
donde dice: "3 Técnico III Ayudante de Arquitecto e Ingeniero B 08"
debe decir: "2 Técnico III Ayudante de Arquitecto e Ingeniero B 08 y
1 Técnico III Constructor B 08"
se agrega: "3 Administrativo II Administrativo C 04 (se suprimen al
vacar)"
se agrega: "1 Administrativo IV Administrativo C 02"
donde dice: "12 Director de División Especializado Aduanero D 14"
debe decir: "1 Director General Especializado Aduanero D 14 (al
vacar 1 Director de División Especializado Aduanero D 14) y 11
Director de División Especializado Aduanero D 14"
se agrega: "1 Especialista IV Receptorías D 06 (se suprime al
vacar)
donde dice: "30 Especialista V Ayudante Arancelario D 06"
debe decir: "29 Especialista V Ayudante Arancelario D 06"
donde dice: "85 Especialista VII Resguardo D 05"
debe decir: "86 Especialista VII Resguardo D 05"
se agrega: "2 Especialista IX Resguardo D 04 (se suprimen al vacar)"
se agrega: "1 Especialista IX Receptorías D 04 (se suprime al vacar)"
se agrega: "5 Especialista X Resguardo y Receptorías D 03 (se
suprimen al vacar)"
se agrega: "1 Oficial IV Oficios E 06"
donde dice: "16 Oficial V Oficios E 05"
debe decir: "15 Oficial V Oficios E 05 y 1 Especialista VIII
Telefonista D 05"
donde dice: "23 Auxiliar IV Servicios F 03"
debe de decir: "19 Auxiliar IV Servicios F 03 y 4 Especialista X
Telefonista D 03"
donde dice: "57 Auxiliar V Servicios F 02"
debe decir: "54 Auxiliar V Servicios F 02" y 4 Especialista XI
Telefonista D 02"

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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