{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL ACTA DE RECTIFICACION DEL SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL\r\nACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 55" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/02/14/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/02/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/02/2012" 
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  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 167 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la\r\nALADI el 11 de octubre de 2011, de la versión en el idioma español del\r\nSegundo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica N°\r\n55, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la República\r\nArgentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y\r\nla República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y los\r\nEstados Unidos Mexicanos, al amparo de las disposiciones establecidas en\r\nel tratado de Montevideo de 1980, el cual fue aprobado por Decreto de\r\nPoder Ejecutivo N° 340/011 de 27 de setiembre de 2011;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que la Representación Permanente de México ante la ALADI\r\npor Nota N° 63/11 de 05 de setiembre de 2011 y la Representación\r\nPermanente de Uruguay ante ALADI y MERCOSUR, por Nota N° 389/11 de 24 de\r\nagosto de 2011, ésta última en su calidad de Presidencia Pro Tempore del\r\nMERCOSUR, solicitaron a la Secretaría General de la ALADI enmendar,\r\nmediante Acta de Rectificación, un error en el Artículo 4° del Segundo\r\nProtocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;\r\n\r\nII) que mediante la Nota ALADI/SG-332/11 de 12 de setiembre de 2011, la\r\nSecretaría General de la ALADI remitió a los países signatarios del\r\nAcuerdo de Complementación Económica N° 55, un proyecto de Acta de\r\nRectificación otorgando un plazo de 5 días corridos para realizar\r\nobservaciones;\r\n\r\nIII) que habiendo transcurrido dicho plazo sin haber recibido\r\nobservaciones de parte de los países, esa Secretaría General ha procedido\r\na efectuar la modificación antes referida en el Segundo Protocolo\r\nAdicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que a los efectos referidos precedentemente, corresponde\r\nincorporar al ordenamiento jurídico interno el Acta de Rectificación del\r\nSegundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República\r\nOriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/25-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General\r\nde la ALADI el 11 de octubre de 2011, de la versión en el idioma español\r\ndel Segundo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica\r\nN° 55, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la\r\nRepública Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del\r\nParaguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR\r\ny los Estados Unidos Mexicanos, al amparo de las disposiciones\r\nestablecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, el cual fue aprobado por\r\nDecreto de Poder Ejecutivo N° 340/011 de 27 de setiembre de 2011. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/25-2012/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/25-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General. " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN " 
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