{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "249" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/06/23/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/06/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/06/1981" 
  ,"vistos" : "    Visto: el artículo 432 de la ley 13.892 de 19 de octubre de 1970, referente a la aplicación de detracciones a las exportaciones de sebo bovino.\r\n\r\n   Considerando: que corresponde fijar la detracción a aplicar a las exportaciones de dicho producto, dentro de los márgenes previstos por la citada disposición legal.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por el Ministerio de Agricultura y Pesca y a la Dirección Nacional, de Costos, Precios e Ingresos,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/249-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase una detracción del 0,01 % (un centésimo por ciento) sobre el valor FOB, a las exportaciones de sebo bovino. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/249-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase el Decreto 565/970 de 12 de noviembre de 1970. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/249-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/249-1981/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES - FELIX E.\r\nZUBILLAGA " 
 }