{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "248" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "FORESTACION. SEMILLAS FORESTALES \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/07/15/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/06/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/07/1992" 
  ,"vistos" : "     Visto: el decreto 384/991 de fecha 24 de julio de 1991, en el que se\r\nfijan las tarifas para la venta por parte de la Dirección Forestal del\r\nMinisterio de Ganadería, Agricultura y Pesca de semillas forestales y\r\nestacas.\r\n\r\n    Resultando: por el Art. 4º del citado decreto de autorizó a la\r\nDirección Forestal del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca a\r\nactualizar trimestralmente las tarifas de semillas de producción nacional\r\nexclusivamente, no previéndose la actualización de las tarifas de estacas\r\ntambién de producción nacional.\r\n\r\n   Considerando: necesario proceder a la actualización de las tarifas de\r\nestacas, a efectos de mantener un costo real de las mismas.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por el \"Texto Ordenado C.A.F.\",\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                            DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/248-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 384/991 de 24/07/1991 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/384-1991/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/248-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }