Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
junio de 2012 en $ 583,36 (pesos uruguayos quinientos ochenta y tres con
treinta y seis centésimos).