{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "245" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE COMISION COORDINADORA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/07/09/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/07/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/07/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 23 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/245-2007?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de elaborar políticas nacionales y una estrategia\r\nnacional coordinada en materia de lucha contra el lavado de activos y del\r\nfinanciamiento del terrorismo;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que la misma surge en función de las prioridades definidas\r\na nivel nacional y de los compromisos internacionales asumidos por la\r\nRepública en la materia; \r\n\r\nII) que la estructura orgánica actualmente vigente, constituida por el\r\nCentro de Capacitación en Prevención del Lavado de Activos creado por el\r\nDecreto 82/001 de 8 de marzo de 2001, ha devenido insuficiente a tal\r\nefecto, por exceder los cometidos que le fueron originariamente \r\nasignados;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el objetivo que en esta instancia se plantea,\r\nrequiere la implementación de una coordinación institucional adecuada; \r\n\r\nII) que en tal sentido se entiende conveniente establecer una estructura\r\nen el ámbito de la Junta Nacional de Drogas, a efectos de que cuente con\r\nel apoyo político necesario para desarrollar su actividad, sobre la en la\r\nmateria, dotándola de la flexibilidad necesaria que la naturaleza de la\r\nmisma requiere; \r\n\r\nATENTO: a lo expuesto precedentemente; \r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, dependiente de la Presidencia de la \r\nRepública, que estará integrada por el Prosecretario de la Presidencia de\r\nla República que la presidirá, por el Secretario General de la Secretaría\r\nNacional Antilavado de Activos que la convocará y coordinará sus\r\nactividades, por los Subsecretarios de los Ministerios del Interior, de\r\nEconomía y Finanzas, de Defensa Nacional, de Educación y Cultura, de\r\nRelaciones Exteriores y el Director de la Unidad de Información y Análisis\r\nFinanciero del Banco Central del Uruguay, quienes podrán hacerse\r\nrepresentar, mediante delegados especialmente designados al efecto. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 146/012 de 02/05/2012 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/146-2012/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 245/007 de 02/07/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/245-2007/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dicha Comisión tendrá los siguientes cometidos sustantivos:\r\na)     Elaborar y someter a consideración del Poder Ejecutivo, políticas\r\n       nacionales en materia de lavado de activos y financiamiento del\r\n       terrorismo, en coordinación con los distintos organismos\r\n       involucrados.\r\nb)     Proponer al Poder Ejecutivo la estrategia nacional para combatir el\r\n       lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, a partir del\r\n       desarrollo de los componentes preventivos, represivos y de\r\n       inteligencia financiera del sistema, asegurando la realización de\r\n       diagnósticos periódicos generales que permitan identificar\r\n       vulnerabilidades y riesgos, a efectos de posibilitar los ajustes\r\n       que resulten necesarios en cuanto a objetivos, prioridades y planes\r\n       de acción.\r\nc)     Impulsar en función de los objetivos y planes definidos, el\r\n       desarrollo de acciones coordinadas por parte de los organismos con\r\n       competencia en la materia.\r\n\r\nA efectos de apoyar el cumplimiento de tales cometidos, la Comisión\r\nCoordinadora promoverá el desarrollo e implementación de una red de\r\ninformación que contribuya a la actuación del Poder Judicial, el\r\nMinisterio Público, las autoridades policiales, la Junta Nacional de\r\nDrogas y la Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central\r\ndel Uruguay y posibilite la producción de estadísticas e indicadores que\r\nfaciliten la revisión periódica de la efectividad del sistema, así como de\r\nprogramas educativos y de concientización sobre riesgos del lavado de\r\nactivos y del financiamiento del terrorismo, dirigidos a los sectores\r\npúblico y privado. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 146/012 de 02/05/2012 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/146-2012/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 245/007 de 02/07/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/245-2007/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Comisión Coordinadora tendrá competencia para la realización de todas\r\nlas actividades necesarias a efectos del cabal cumplimiento de los\r\ncometidos asignados, pudiendo designar Comités Operativos en las áreas \r\nque entienda pertinente, determinando su integración, funciones y \r\nobjetivos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Los Comités Operativos se encargarán sustancialmente del diseño y\r\nformulación de planes de acción en las áreas específicas para las que\r\nhayan sido creados, los que serán sometidos a consideración de la \r\nComisión Coordinadora.\r\nPodrán asimismo, a requerimiento de la Comisión, constituirse estructura\r\nde apoyo y asesoramiento a entidades públicas y privadas. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Transfiéranse a la Comisión Coordinadora que se crea por el presente\r\nDecreto, las competencias asignadas a la Secretaría Nacional de Drogas en\r\nmateria de lavado de activos, por el Decreto 346/999 de 28 de octubre de\r\n1999, normas modificativas, concordantes y complementarias.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/245-2007/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.- \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - MARIA B. HERRERA - MARIO BERGARA - \r\nAZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MIGUEL FERNANDEZ GALEANO - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - \r\nMARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI " 
 }