EXTENSION DEL PLAZO DE PRESENTACION PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES DE IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR LA DGI




Promulgación: 04/09/2017
Publicación: 11/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el régimen de facilidades de pago reglamentado por el Decreto N° 342/011 de 27 de setiembre de 2011, respecto a las obligaciones tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 2006.

   RESULTANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de dicho Decreto, los interesados contaban con un plazo desde el 1° de setiembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2014, para solicitar ampararse al mismo.

   II) que dicho plazo fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2016, por el Decreto N° 192/016 de 28 de junio de 2016.

   CONSIDERANDO: que resulta conveniente extender el plazo de presentación a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de impuestos administradas por la Dirección General Impositiva.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 18.788 de 4 de agosto de 2011,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Las solicitudes de amparo al régimen establecido en la Ley N° 17.555 de 18 de setiembre de 2002, en los términos dispuestos por el Decreto N° 342/011 de 27 de setiembre de 2011, podrán realizarse sin la limitación temporal establecida por el artículo 3° de dicho Decreto.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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