{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "244" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "INTEGRACION DE COMPENSACIONES AL CARGO PARA LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/05/20/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/05/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/05/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 1028 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto en los artículos 59 y 102 del Capítulo III\r\n\"Simplificación y Categorización de Conceptos Retributivos\" de la Ley Nº\r\n18.172 de 31 de agosto de 2007, así como en el Anexo denominado \"Tablas y\r\ncuadros de referencia correspondientes al Capítulo III de la Rendición de\r\nCuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del Ejercicio 2006,\r\nSimplificación y Categorización de conceptos retributivos\";\r\n\r\nRESULTANDO: I) que, el citado artículo 59 autorizó al Poder Ejecutivo,\r\nprevio informe de la Contaduría General de la Nación, la corrección de \r\nlos errores u omisiones detectados para la aplicación de las normas \r\nincluidas en el citado capítulo;\r\n\r\nII) que, como consecuencia de lo dispuesto en la citada norma, la\r\nContaduría General de la Nación deberá realizar, en los casos\r\nestrictamente necesarios, los ajustes presupuestales que correspondan a\r\nefectos de la aplicación de las normas dispuestas en el capítulo\r\nmencionado en el Visto;\r\n\r\nIII) que, el artículo 102 de la misma ley encomendó al Poder Ejecutivo la\r\ndeterminación de los montos de la compensación a que refiere la citada\r\nnorma legal, estableciéndolos en importes fijos desvinculados, a los\r\nefectos de su cálculo, de toda otra retribución;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, en el marco de lo dispuesto por el citado artículo\r\n59, corresponde prever la financiación de los montos del \"Sueldo del\r\nGrado\" y de la \"Compensación al Cargo\" en las Unidades Ejecutoras 001\r\n\"Dirección General de Secretaría\", 002 \"Dirección Nacional de Vivienda\",\r\n003 \"Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial\" y 004 \"Dirección\r\nNacional de Medio Ambiente\", para el caso de que las partidas asignadas \r\nen los cuadros adjuntos en el Anexo al presente decreto, resultaran\r\ninsuficientes;\r\n\r\nII) que, a efectos de dar cumplimiento al mandato legal, corresponde que\r\nel Poder Ejecutivo determine el monto de las retribuciones, de \r\nconformidad con lo expresado en el Resultando III) del presente decreto;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Contaduría\r\nGeneral de la Nación y a lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 168 \r\nde la Constitución de la República;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  En las Unidades Ejecutoras del Inciso 14 \"Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente\", la \"Compensación al Cargo\" se\r\nintegrará con los Objetos del Gasto previstos en el Anexo I<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0>\r\ndenominado \"Tablas y cuadros de referencia correspondientes al Capítulo\r\nIII de la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del\r\nEjercicio 2006, Simplificación y Categorización de conceptos \r\nretributivos\".\r\n\r\nEn caso de ser necesario financiar dicha compensación, se recurrirá -por\r\nsu orden- a:\r\n\r\n1) las compensaciones personales originadas en procesos de\r\n   redistribución de funcionarios o del cumplimiento del artículo 7 de la\r\n   Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y artículos 40 y 43 de la Ley\r\n   Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006 y toda otra así categorizada como\r\n   tal en el anexo de la Unidad Ejecutora respectiva.\r\n\r\n2) los créditos que indique el Inciso.\r\n\r\nLa Contaduría General de la Nación realizará los ajustes presupuestales\r\nnecesarios. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2008/05/20/16\" target=\"_blank\">Nº 244/008</a> de \r\n12/05/2008.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La compensación a que refiere el artículo 102 de la Ley Nº 18.172 de 31\r\nde agosto de 2007, que perciben los funcionarios del Inciso 14 \r\n\"Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente\", se \r\nintegra con la partida prevista en el artículo 726 de la Ley Nº 16.736 de\r\n5 de enero de 1996, quedando establecida en los montos de la siguiente \r\ntabla:\r\n\r\n               30          40            48\r\n    GRADO     HORAS       HORAS         HORAS\r\n     16     2.622,22     3.454,50     4.121,00\r\n     15     2.396,92     3.154,86     3.760,52\r\n     14     2.196,41     2.888,18     3.439,70\r\n     13     2.019,64     2.653,08     3.156,88\r\n     12     1.865,55     2.448,14     2.910,33\r\n     11     1.730,98     2.269,16     2.695,02\r\n     10     1.599,57     2.094,38     2.484,75\r\n      9     1.485,70     1.942,94     2.302,57\r\n      8     1.387,63     1.812,51     2.145,66\r\n      7     1.302,74     1.699,61     2.009,84\r\n      6     1.177,48     1.533,00     1.809,41\r\n      5     1.082,00     1.406,02     1.656,65\r\n      4     1.022,17     1.326,44     1.560,92\r\n      3       972,17     1.259,95     1.480,93\r\n      2       873,50     1.128,71     1.323,05\r\n      1       828,70     1.069,13     1.251,37\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/244-2008/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Los montos establecidos en la tabla del artículo 2 del presente decreto,\r\ncorresponden a valores del 1º de enero de 2007.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Intégrense al presente decreto los cuadros del Inciso 14 \"Ministerio\r\nde Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente\", contenidos en el\r\nAnexo 1 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, denominado \"Tablas\r\ny cuadros de referencia correspondientes al Capítulo III de la Rendición \r\nde Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del Ejercicio 2006,\r\nSimplificación y Categorización de conceptos retributivos\". " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, dése cuenta a la Asamblea General. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - CARLOS COLACCE - DANILO ASTORI " 
 }