{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "244" 
  ,"anioNorma" : 1999 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE LA CAZA COMERCIAL DE LIEBRE\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1999/08/11/22" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/08/1999" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/08/1999" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1999 
  ,"pagina" : 226 
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  ,"vistos" : " VISTO: la solicitud para la extensión del período de caza comercial de\r\nliebres (Lepus sp) para el presente año;\r\n\r\nRESULTANDO:\r\nI) que el decreto Nº 357/989, de 26 de julio de 1989, regula la caza\r\ncomercial de la liebre (Lepus sp), estableciendo el período de caza y\r\ncaptura desde el 15 de abril al 31 de julio;\r\n\r\nII) que por razones de tipo biológico llevaron a establecer el período\r\nantes mencionado;\r\n\r\nCONSIDERANDO:\r\nI) que las condiciones climáticas de los últimos meses han dificultado\r\nnotoriamente el normal desarrollo del período de caza y captura comercial\r\nde la especie;\r\n\r\nII) que las actividades vinculadas al aprovechamiento comercial de la\r\nliebre, destinadas a la industrialización constituyen una importante\r\nfuente de trabajo;\r\n\r\nIII) que la solicitud de la extensión del período de caza y captura es\r\nsólo para la presente temporada;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por la ley Nº 9.481, de 4 de julio de 1935, art.\r\n207 de la ley Nº 16.320, de 1º de junio de 1993, decretos Nº 263/93, de 8\r\nde junio de 1993, Nº 357/989, de 26 de julio de 1989, Nº 24/998, de 28 de\r\nenero de 1998, y Nº 194/998, de 22 de julio de 1998 y al informe\r\nfavorable de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1999/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase para el presente año, la caza comercial de la liebre (Lepus\r\nsp), hasta el 15 de agosto inclusive, exclusivamente con destino a los\r\nestablecimientos frigoríficos habilitados para su procesamiento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1999/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - IGNACIO ZORRILLA DE SAN MARTIN\r\n " 
 }