{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "244" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PLAZO PARA LA ADQUISICION DE MATERIALES, REPUESTOS, ARTICULOS O ENSERES NECESARIOS PARA AFE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/08/01/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/07/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/08/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 113 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión formulada según nota 335/983, de 22 de abril de 1983\r\npor la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE).\r\n\r\n  Resultando I) Que dicho Organismo resolvió con fecha 15 de abril de 1983\r\n(R.D. 363/983) dirigirse al Poder Ejecutivo, solicitando la prórroga por\r\nun año de la autorización otorgada a esa Administración para adquirir en\r\nel país o en el exterior y por hasta un monto de U$S 400,.000.00\r\nmateriales, repuestos, artículos o enseres necesarios para poner o para\r\nmantener en servicio su material rodante, en particular el perteneciente\r\nal parque tractor (decretos 370/974, de 9 de mayo de 1974, 742/975, de 2\r\nde octubre de 1975, 32/977, de 19 de enero de 1977, 161/978, de 29 de\r\nmarzo de 1978, 749/978, de 27 de diciembre de 1978, 675/979, de 14 de\r\nnoviembre de 1979, 431/980, de 13 de agosto de 1980 y 418/981, de 24 de\r\nagosto de 1981), ya que persisten las condicionantes de anteriores\r\nsolicitudes;\r\n\r\nII) Que el Tribunal de Cuentas de la República, al efectuar la\r\ninterverción que le compete (Inciso final del artículo 29 del Proyecto\r\nde Ley de Contabilidad y Administración Financiera, puesto en vigencia\r\npor decreto 104/968 de 6 de febrero de 1968) acordó no oponerse a la\r\ngestión proyectada dentro de los límites establecidos por el citado Ente\r\n(Acordada de 19 de mayo de 1983).\r\n\r\n  Considerando: que teniendo en cuenta las razones aducidas por AFE al\r\nfundamentar su solicitud, la que encuadra dentro de lo preceptuado por\r\nel inciso \"i\", numeral 3) del artículo 29 del citado Proyecto de Ley de\r\nContabilidad y Administración Financiera y a lo acordado al respecto por\r\nel Tribunal de Cuentas de la República- procede acceder a lo solicitado\r\npor el referido Organismo,\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1983/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Extiéndese por el lapso de un año a partir de la fecha del presente\r\ndecreto y por hasta un monto de U$S 400.000.00 (cuatrocientos mil dólares\r\nestadounidenses) la autorización concedida a la Administración de\r\nFerrocarriles del Estado, por decretos 370/974, de 9 de mayo de 1974,\r\n742/975, de 2 de octubre  de 1975, 32/977, de 19 de enero de 1977, 161/798\r\nde 29 de marzo de 1978, 749/978, de 27 de diciembre de 1978, 675/979, de\r\n14 de noviembre de 1979, 431/980, de 13 de agosto de 1980 y 418/981, de 24\r\nde agosto de 1981, para adquirir en el país o en el exterior, materiales,\r\nrepuestos, artículos o enseres necesarios para poder mantener en servicio\r\nel material rodante de dicho Organismo, en particular el perteneciente a\r\nsu parque tractivo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/244-1983/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Para la tramitación de las adquisiciones a efectuarse al 24 de agosto\r\nde 1981), ya que persisten las condicionantes de anteriores amparo del\r\nrégimen a que se hace referencia en el artículo anterior, regirán las\r\ndisposiciones establecidas por los artículos 2º, 3º, 4º y 5º del decreto\r\n370/974, de 9 de mayo de 1974.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1983/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Dése cuenta del presente decreto al Consejo de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/244-1983/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, remítase copia fiel del presente decreto al Tribunal de\r\nCuentas de la República y vuelva a la Administración de Ferrocarriles del\r\nEstado (AFE) a sus efectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUAN A.\r\nCHIARINO ROSSI\r\n " 
 }