Visto: los artículos 8 y 20 del decreto 33/980, de 16 de enero de 1980.
Considerando: que los distintos Incisos han remitido la información
solicitada.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Modifícase, llevándose a N$ 989: 018.000.00 (nuevos pesos novecientos
ochenta y nueve millones dieciocho mil) el monto total de las nuevas
asignaciones para el ejercicio 1980, establecido en el artículo 18, inciso
1º del decreto 33/980, de 16 de enero de 1980. Este monto refiere a los
Recursos de Rentas Generales, Fondo de Inversiones del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y endeudamiento.
Sustitúyese la partida global a asignar por Proyecto,
correspondiente al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", ejercicio
1980, por la siguiente:
Miles de N$
Rentas Generales................................... 12.864
Endeudamiento...................................... -
------------
Subtotal................................. 12.864
Donaciones, venta de inmuebles, otros.............. 17.330
------------
Total.................................... 30.194
Elimínase la partida global a asignar por Proyecto, correspondiente al
Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" por un monto de N$
4:696.000.00 (nuevos pesos cuatro millones seiscientos noventa y seis mil)
y que fuera incluida en el Anexo I del decreto 33/980, quedando, la
asignación del Inciso, reducida a N$ 2:884.000.00 (nuevos pesos dos
millones ochocientos ochenta y cuatro mil).
Disminúyese la partida global a asignar por Proyecto, correspondiente
al Inciso 26 "Universidad de la República", fijándose en N$ 40:903.000.00
(nuevos pesos cuarenta millones novecientos tres mil).
Modifícase, fijándose en N$ 503:872.000.00 (nuevos pesos quinientos
tres millones ochocientos setenta y dos mil), la partida global a asignar
por Proyecto correspondiente al Inciso 10 "Ministerio de Transporte y
Obras Públicas".
Modifícase, fijándose en N$ 40:052.000.00 (nuevos pesos cuarenta
millones cincuenta y dos mil), la partida global a asignar por Proyecto,
correspondiente al Inciso 25 "CONAE".
Incorpórese al Anexo I del decreto 33/980 el desglose de las
asignaciones globales de inversión que se detallan en el Anexo I
del presente decreto, que forma parte integrante del mismo.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 243/980 de
18/04/1980.
El Consejo Nacional de Educación, deberá presentar las ejecuciones
trimestrales establecidas por el artículo 16 del decreto 33/980, en el
caso de los Proyectos 024 del Programa 2.03 y 026 del Programa 2.04,
desglosados a nivel de cada centro docente.
Modifícase la denominación del Proyecto 004 del Programa 2.10 del
Inciso 08 "Ministerio de Industria y Energía", la que pasará a ser:
"Gastos instalación computadora IBM 5/34".
Créase el Programa 2.16 "Inversiones para la Organización Institucional
de Servicios Industriales" en el Inciso 08 "Ministerio de Industria y
Energía" Unidad Ejecutora 11 (Unidad Asesora).
Incorpóranse al mismo los Proyectos 001 "Publicaciones para la
promoción industrial" y 002 "Creación de un sistema de información" para
asignaciones para el ejercicio 1980 de N$ 310.000.00 (nuevos pesos
trescientos diez mil) y N$ 250.000.00 (nuevos pesos doscientos cincuenta
mil) respectivamente con cargo a Rentas Generales.
Increméntase la asignación para el ejercicio 1980 correspondiente a
Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" en N$ 1:020.000.00 (nuevos
pesos un millón veinte mil) e incorpórese en el Programa 2.07 y Unidad
Ejecutora 10, el Proyecto 005 "Central Telefónica y aparatos internos y
Télex para trece receptorías y control", con una asignación de Rentas
Generales para el ejercicio 1980, de N$ 1:020.000.00 (nuevos pesos un
millón veinte mil).
Increméntase en N$ 7:000.000.00 (nuevos pesos siete millones) la
asignación para el ejercicio 1980 correspondiente al Inciso 06 "Ministerio
de Relaciones Exteriores" e incorpórase en el Programa 2.01, Unidad
Ejecutora 01, el Proyecto 001 "Embajada de Brasilia - 2º etapa Residencia"
con una asignación de Rentas Generales para el ejercicio 1980, de N$
7:000.000.00 (nuevos pesos siete millones), una estimación para el
ejercicio 1981 de nuevos pesos 7:000.000.00 (nuevos pesos siete millones)
dos años de ejecución y N$ 14:000.000.00 (nuevos pesos catorce millones)
de monto global.
Incorpórase al Anexo I del decreto 33/980, en el Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas", Programa 2.06, Unidad ejecutora 05, el Proyecto
004 "Adquisiciones de Edificios en el Interior" con una asignación de
Rentas Generales para el ejercicio 1980 de N$ 119.000.00 (nuevos pesos
Asimismo, se disminuye la asignación del Proyecto 003 "Mantenimiento
edificios capital" del mismo Programa, en N$ 119.000.00 (nuevos pesos
ciento diecinueve mil).
Increméntase en N$ 1:260.000.00 (nuevos pesos un millón doscientos
sesenta mil) la asignación de Rentas Generales para el ejercicio 1980,
correspondiente al Inciso 04 "Ministerio del Interior" con destino al
Proyecto 001 "Maquinaria y equipo" Programa 2.01.
Incorpóranse al Plan de Inversiones Públicas-1980, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 8º del decreto 33/980, las asignaciones
comprometidas y no ejecutadas al 31 de diciembre de 1979, que se detallan
en el Anexo II del presente decreto y cuyo monto total alcanza a N$
132:685.000.00 (nuevos pesos ciento treinta y dos millones seiscientos
ochenta y cinco mil).
El Anexo II forma parte integrante del presente decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 243/980 de
18/04/1980.
Disminuyese la asignación total del Inciso 04 "Ministerio del Interior"
en N$ 1:067.000.00 (nuevos pesos un millón sesenta y siete mil) y del
Inciso 15 "Ministerio de Justicia" en N$ 160.000.00 (nuevos pesos ciento
sesenta mil). En un plazo de 30 días a partir de la aprobación de este
decreto, los jerarcas de dichos Ministerios deberán comunicar a la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión los Proyectos
afectados por dicha disminución.
El producido de la venta de inmuebles, así como lo recibido por
donaciones, legados, herencias y transferencias cuyo destino sea financiar
proyectos de inversión, será acreditado en la Cuenta 217 "Cuentas
Corrientes Oficiales" en la subcuenta correspondiente.
Autorízase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" a enajenar cuatro
solares ubicados en el manzana Nº 15 de la ciudad de Maldonado, Primera
Sección Judicial del departamento del mismo nombre, empadronados con el
número 109.
El producido de dicha venta será destino al financiamiento de aquellos
Proyectos del Inciso, incluidos en el Plan de Inversión Pública-1980, que
posean asignación con cargo a "Donaciones, Ventas de inmuebles, otros".
En caso de existir excedentes, los mismos deberán ser destinados a
financiar inversiones del Inciso, para lo cual solicitarán autorización al
Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión, a efectos de su inclusión en el Plan de Inversiones
correspondiente.
Las asignaciones de los Proyectos del Plan de Inversiones Públicas-1980
contemplan las variaciones de precios para todo el ejercicio, inclusive la
mano de obra cuando corresponde.
La exigencia en la presentación de las ejecuciones trimestrales a que
se refiere el artículo 16 del decreto 33/980, será a partir del segundo
trimestre del presente ejercicio.
MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - TYDEO LARRE BORGES - FERNANDO BAYARDO BENGOA