OBLIGACION PARA LA IMPLEMENTACION DE LOS SERVICIOS DE PREVENCION Y SALUD EN EL TRABAJO EN VARIOS SECTORES DE ACTIVIDAD




Promulgación: 06/08/2018
Publicación: 15/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Las empresas contarán con un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto a efectos de instrumentar los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo de acuerdo a las previsiones del Decreto 127/014.
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