VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre
de 2010.
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a
instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos
de la transformación de los que se consideren necesarios para su
funcionamiento, hasta tanto se apruebe la Reestructura Organizativa y de
Puestos de Trabajo del Inciso correspondiente.
CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.
II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del
Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, comparten el informe
previo y favorable respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62
de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y por el Decreto 334/011 de 21
de setiembre de 2011.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorizar la transformación de los Cargos vacantes correspondientes a la
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado" del
Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", en el Cargo que se propone en
los Anexos I y II, que se adjuntan (*) y se consideran parte integrante de
este Decreto.