CREACION DE LA DEFENSORIA DE OFICIO DE FAMILIA Y MENORES. MONTEVIDEO




Promulgación: 12/06/1984
Publicación: 28/06/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 985

Artículo 5

  La Defensoría de Oficio de Familia y Menores intervendrá en todos los
asuntos de competencia de los Juzgados Letrados de Familia y de Menores
prestando su asistencia jurídica a todas las personas que la requieran y
que se encuentren comprendidas en los niveles económicos que contempla el
decreto 674/979, de 20 de noviembre de 1979.
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