CREACION DE LA DEFENSORIA DE OFICIO DE FAMILIA Y MENORES. MONTEVIDEO




Promulgación: 12/06/1984
Publicación: 28/06/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 985

Artículo 4

  La Defensoría de Oficio de Familia y Menores contará con el personal
técnico, administrativo y de servicio que se desempeñaba en la Defensoría
de Oficio de Menores, más el personal de la misma naturaleza y jerarquía
de la Defensoría de Oficio en lo Civil el que será designado y trasladado
por la Dirección General de los Servicios, según resulte aconsejable para
el mejor y más eficaz desempeño de las funciones de una y otra Defensoría.
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