FIJACION DE AJUSTES PARA LA DEVOLUCION DE IMPUESTOS POR PARTE DE LA DGI




Promulgación: 06/05/1976
Publicación: 13/05/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 981
Visto: el decreto 1.003/975 de 29 de diciembre de 1975 que amplió
transitoriamente la disponibilidad de la cuenta Devoluciones que utiliza
la Dirección de Recaudación de la Dirección General Impositiva.

Atento: a que el volumen de los créditos a devolver a favor de los
contribuyentes que surgen en el trámite normal no puede abarcarse con la
disponibilidad asignada en forma permanente a la referida cuenta,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Elévase a N$ 20.000 (nuevos pesos veinte mil) semanales, la suma de
reintegros que efectuará el Banco de la República Oriental del Uruguay, en
la cuenta "Devoluciones Decreto 11 de julio de 1945" en la forma prevista
en el artículo 2º del decreto del 9 de mayo de 1947.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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