PROFESIONALES UNIVERSITARIOS - ESTADOS CONTABLES - CONTADORES PUBLICOS




Promulgación: 25/05/1993
Publicación: 14/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   En el caso de estados de situación patrimonial y de resultados la
presente reglamentación se aplicará a los documentos correspondientes a
ejercicios que cierren a partir de los 90 días de la publicación de este
decreto en el Diario Oficial. Para los demás documentos comprendidos en el
presente decreto, la vigencia será a partir de los 90 días de la antedicha
publicación.
Referencias al artículo
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