PROFESIONALES UNIVERSITARIOS - ESTADOS CONTABLES - CONTADORES PUBLICOS




Promulgación: 25/05/1993
Publicación: 14/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los estados de situación y de resultados que se presenten ante los
organismos públicos, deberán ser formulados de acuerdo con el decreto
103/991 de 27 de febrero de 1991, con sus anexos y las notas explicativas
que forman parte de dichos estados.
Referencias al artículo
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