Constituyen estados contables, a los efectos de la Ley que se
reglamenta, todos los documentos emanados del sistema contable o de orden
previsional de un ente, que se refieren a su patrimonio en lo que
respecta a su composición total o parcial en determinado momento, o su
evolución en el tiempo, tales como:
a) Estados demostrativos de la evolución o composición de una cuenta
o un grupo de cuentas o rubros o de la aplicación de aspectos
contractuales que tengan un efecto económico, siempre que emanen del
sistema contable y se requieran para determinar la composición del
patrimonio o de los resultados.
b) Estados de costos y desarrollo de fórmulas paramétricas que
emanen del sistema contable y se requieran para determinar la
composición del patrimonio o de los resultados.
c) Estados de situación patrimonial, de resultados, de evolución del
patrimonio, de origen y aplicación de fondos y de flujo de caja,
inclusive los que sirvan de base para la determinación de
liquidaciones tributarias o de la seguridad social.