PROFESIONALES UNIVERSITARIOS - ESTADOS CONTABLES - CONTADORES PUBLICOS




Promulgación: 25/05/1993
Publicación: 14/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Constituyen estados contables, a los efectos de la Ley que se
reglamenta, todos los documentos emanados del sistema contable o de orden
previsional de un ente, que se refieren a su patrimonio en lo    que
respecta a su composición total o parcial en determinado momento, o su
evolución en el tiempo, tales como:
a)  Estados demostrativos de la evolución o composición de una cuenta
  o un grupo de cuentas o rubros o de la aplicación de aspectos
  contractuales que tengan un efecto económico, siempre que emanen del
  sistema contable y se requieran para determinar la composición del
  patrimonio o de los resultados.
b)  Estados de costos y desarrollo de fórmulas paramétricas que
  emanen del sistema contable y se requieran para determinar la
  composición del patrimonio o de los resultados.
c)  Estados de situación patrimonial, de resultados, de evolución del
  patrimonio, de origen y aplicación de fondos y de flujo de caja,
  inclusive los que sirvan de base para la determinación de
  liquidaciones tributarias o de la seguridad social.
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