PROFESIONALES UNIVERSITARIOS - ESTADOS CONTABLES - CONTADORES PUBLICOS




Promulgación: 25/05/1993
Publicación: 14/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los organismos públicos no darán curso a ninguna actualización en la
que se presenten balances, rendiciones de cuentas y otros estados
contables que carezcan de certificación fundamentada de acuerdo con lo que
establezca el artículo 7 del presente Decreto.
Referencias al artículo
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