FIJACION DE NORMAS PARA LA COMERCIALIZACION DE GRANOS DE GIRASOL




Promulgación: 08/05/1991
Publicación: 29/08/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 155
Referencias a toda la norma

DE LA TOLERANCIA DE RECIBO

Artículo 4

   Considérase de rechazo aquellas partidas de girasol que excedan las
tolerancias de recibo, las que estén calientes, las que presenten olores
comercialmente objetables, las tratadas con productos que alteren su
condición natural, las que estén quemadas o chamuscadas, las que contengan
insectos y ácaros vivos, o presenten cualquier otro defecto no
especificado.
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