{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "239" 
  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA URUGUAY S.A. JULIO 2004" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/07/20/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/07/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/07/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2004 
  ,"pagina" : 107 
  } 
  ,"vistos" : "    VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) \r\ntendiente a la aprobación del Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural \r\ncorrespondiente al servicio de distribución de Montevideo, a regir a \r\npartir del 1º de mayo de 2004, según planilla glosada a fojas 7.\r\n\r\n   RESULTANDO: que los parámetros que han merecido ajuste a la \r\ndistribución de gas natural, son aquellos relacionados con el valor del \r\ngas en boca de pozo correspondiente al invierno, la variación de tarifas \r\nde Gasoducto Cruz del Sur (vigentes desde enero de 2004) y la variación de \r\ntarifas de Gasoducto Gral. San Martín (TGS) dispuestas por resolución Nº \r\n2955 de ENARGAS (vigentes desde enero de 2004).\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que el ajuste propuesto se compatibiliza con lo \r\nestablecido en el Anexo Tarifas de Gas Natural de la Addenda del Contrato de Concesión que fuera firmada con fecha 6 de febrero de 2002, así como \r\ncon los valores resultantes de la revisión de los cálculos realizados por \r\nla Dirección Nacional de Energía.\r\n\r\n   ATENTO: a lo informado por Dirección Nacional de Energía, la Unidad \r\nReguladora de los Servicios de Energía y Agua y lo establecido en el Art. \r\n51 de la Constitución de la República.\r\n\r\n   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/239-2004/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase a la firma Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) el \r\najuste en sus tarifas a regir a partir del 1º de mayo de 2004, para al \r\nservicio de distribución de gas natural de Montevideo, conforme al Cuadro de Tarifas Máximas que se anexa y forma parte del presente decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/239-2004/2\" >Texto/imagen</a> (Cuadro de Tarifas Máximas).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/239-2004/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - JOSE VILLAR\r\n\r\n " 
 }