REGLAMENTACION A LA COMERCIALIZACION DE OLEAGINOSOS Y DERIVADOS - SEMILLAS




Promulgación: 26/05/1994
Publicación: 03/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 621
      Visto: el decreto del Poder Ejecutivo Nº 250/967 de 20 de abril de
1967;

     Resultando: I) que por el citado decreto se limita la
comercialización de oleaginosos y sus derivados y se imponen obligaciones
de declarar mensualmente las existencias a los productores así como
efectuar declaraciones a los adquirentes por cada partida;

     II) que las medidas adoptadas respondían a la situación creada en la
República como consecuencia de la sequía sufrida en 1967;

     Considerando: I) que la justificación de las referidas regulaciones
ha perdido total vigencia en tanto las mismas encontraban su fundamento
fáctico en circunstancias coyunturales del país y de su economía, ajenas a
la realidad actual;

     II) que su mantenimiento no importa actualmente la protección de los
intereses del Estado ni de los consumidores, significando, en cambio, una
complicación administrativa a las empresas involucradas;

     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo aconsejado en el marco
del Programa Nacional de Desburocratización:

     El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Derógase el decreto del Poder Ejecutivo Nº 250/967 de 20 de abril de
1967.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - MIGUEL ANGEL GALAN - PEDRO
SARAVIA
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