{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "239" 
  ,"anioNorma" : 1968 
  ,"nombreNorma" : "TRIBUTOS. INFRACCIONES FISCALES. RECARGOS POR MORA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1968/04/16/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/04/1968" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/04/1968" 
  , "vistos" : " Dispónese que el recargo por mora, establecido por el artículo 375 de la\r\nLey Nº 12.804, será del cuatro por ciento mensual para el año civil 1968. " 
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  ,"firmantes" : "  " 
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