APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2025




Promulgación: 11/11/2025
Publicación: 18/11/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

DISPOSICIONES REFERENTES AL CORRIMIENTO POR ANTIGÜEDAD EN EL MARCO DEL CONVENIO LABORAL FIRMADO EL 26 DE DICIEMBRE DE 2012

Artículo 74

   El Banco deberá eliminar el 25%de las vacantes generadas entre el 1° de enero del 2025 y el 31 de diciembre de 2025. Quedan exceptuadas las vacantes que deben llenarse con personal con capacidades diferentes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 18.651, de 19 de febrero de 2010 y modificativas, con personal afro-descendiente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.122, de 21 de agosto de 2013 y modificativas, y con personal trans de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 19.684, de 26 de octubre de 2018 (Ley integral Personas Trans), así como las vacantes generadas en los escalafones Administrativo y Técnico profesional en la Red de Distribución de Sucursales, Tecnología de la Información y Áreas Críticas.

   

   Para las áreas no críticas y servicios auxiliares de Áreas Críticas, de alcanzar un nivel de cumplimiento superior al 85% de los Compromisos de Gestión, y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se podrán mantener todas las vacantes generadas en el período. Al solo efecto de esta evaluación se aceptarán cumplimientos parciales para indicadores que alcancen al menos un 75% del valor acordado.

   En virtud de lo expuesto en el presente artículo, el Banco comunicará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas el padrón de cargos al 31 de diciembre de 2025, así como el importe anual del Grupo 0 "Servicios Personales".

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 238/025 de 
11/11/2025.
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