SUSTITUCION DEL ART. 6 DEL DECRETO 558/009 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL INSTITUTO NACIONAL DEL COOPERATIVISMO




Promulgación: 07/07/2011
Publicación: 14/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 36
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 558/009, de 9 de diciembre de 2009,
por el que se reglamenta el capítulo I del Título III de la Ley N° 18.407,
de 24 de octubre de 2008, relativo al Instituto Nacional del
Cooperativismo (INACOOP).

RESULTANDO: Que, el inciso segundo del artículo 206 de la Ley N° 18.407,
de 24 de octubre de 2008, dispone que la reglamentación podrá establecer
que el certificado de cumplimiento de la prestación coactiva expedido por
el INACOOP, integre el conjunto de obligaciones a que refiere el artículo
213 de la citada ley, a ser exigidos por la Auditoría Interna de la
Nación, para extender el certificado de cumplimiento regular de
obligaciones.

CONSIDERANDO: Que, se entiende necesario implementar formas de contralor
que aseguren el cumplimiento de la prestación coactiva para la promoción,
desarrollo y educación cooperativa, creada por el artículo 204 de la Ley
N° 18.407, de 24 de octubre de 2008.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto
por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 558/009 de 09/12/2009 
artículo 6.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - JORGE MENÉNDEZ - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - EDGARDO ORTUÑO - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - DANIEL GARÍN - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA
MUSLERA - ANA MARÍA VIGNOLI
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