CODIGO AERONAUTICO. ACTUALIZACION DE LOS LIMITES DE RESPONSABILIDAD. RESPONSABILIDAD OBJETIVA. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS




Promulgación: 22/03/1988
Publicación: 04/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 287
   Visto: lo dispuesto por el artículo 181 del Código Aeronáutico (decreto
ley 14.305 del 29 de noviembre de 1974).

   Considerando: I) Que el incremento del Indice General de Precios del
Consumo operado en el período comprendido entre octubre/86 y setiembre/87
asciende al 60,67% ;

   II) Que las normas legales citadas habilitan para incrementar en un
porcentaje similar los montos de los límites de responsabilidad en un
todo conforme a las pautas de nuestra política aeronáutica.

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 181 del Código Aeronáutico y
a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea y la Comisión
Nacional de Política Aeronáutica,

                      El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Actualízanse a partir del 1º de enero de 1988 los montos de los límites
de responsabilidad fijados en el Título XIII del Código Aeronáutico
(decreto ley 14.305 del 29 de noviembre de 1974) incrementándose en un
60,67%.

TARIGO - HUGO M. MEDINA
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