AUTORIZACION A LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL PARA PROPORCIONAR LA INFORMACION REFERIDA A LAS DENUNCIAS POR HURTO O EXTRAVIO DE CEDULAS DE IDENTIDAD
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.762 de 13/02/1978 artículo 26.
Artículo 6
La tasa será percibida toda vez que la Dirección Nacional de Identificación Civil realice la búsqueda de la información, arroje o no resultado positivo.